miércoles, 3 de octubre de 2012

SALUD EN CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

Todo país requiere de un fundamento legal que permita establecer medidas en beneficio de la población, en este caso nos centraremos en el fundamento constitucional que permite a la población Colombiana tener unas bases que le garanticen mejores condiciones de vida.

A nivel constitucional encontramos los siguientes artículos que nos orientan en este tema:

“ARTICULO 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. 

<Concordancias> 
Ley 717 de 2001
Ley 919 de 2004

Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social.  

<Concordancias> 
Ley 516 de 1999  
Ley 968 de 2005; Art.10; Art.11.

ARTICULO 49.  La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.  
  
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. 
Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.  
  
Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.  
La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria.  
Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.

ARTICULO 50.  Todo niño menor de un año que no esté cubierto por algún tipo de protección o de seguridad social, tendrá derecho a recibir atención gratuita en todas las instituciones de salud que reciban aportes del Estado. La ley reglamentará la materia.  


En el siguiente enlace podrán encontrar mayor información frente al tema mencionado:

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